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Con el objetivo de difundir la actividad de los artistas urbanos y avanzar en la formalización y resguardo de su actividad, el 14 de noviembre de 2008 el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes creó el Registro de Artistas Populares y Urbanos. Este registro actualizado, incluye a todos aquellos cultores urbanos que desarrollan actividades artísticas y culturales en el espacio público, medios de locomoción colectiva y otros espacios similares en distintas ciudades, pueblos y localidades de nuestro país.
¿Cuáles son los requisitos para formar parte del Registro de Artistas Populares y Urbanos? Acorde a la Resolución Exenta N° 04810 del 14 de noviembre del 2008 y el Memo N° 04/656 de fecha 25 de agosto, ambos del departamento Jurídico de nuestro Consejo, se han establecido los siguientes requisitos para acceder al Registro de Artistas Populares Urbanos.
1.- Respecto de las entidades que presentan a un artista, se requiere:
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